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Antonio Vercher aboga por hacer un análisis sociológico dels incendis forestals

Valencia (23-03-06).- El Fiscal de Medio Ambiente del Tribunal Supremo, Antonio Vercher, ha manifestado esta mañana, dentro de las Jornadas sobre la Prevención de los Incendios Forestales en el Consell Valencià de Cultura (CVC), que en la reunión de los fiscales del Estado, del pasado mes de diciembre de 2005, se propuso la necesidad de realizar un análisis sociológico de la problemática de los incendios forestales. Y ha destacado que el proyecto de reforma de la Ley de Montes ya está en el Senado. En este sentido, ha apuntado que no poder calificar el terreno hasta pasados 30 años de un incendio “es uno de los aspectos de la ley que más revuelo ha causado entre las comunidades autónomas, aunque a mí me parece muy positivo”.

Vercher ha afirmado que el futuro de la prevención de los incendios forestales pasa por “conseguir más medios, tener una visión más homogénea desde la fiscalía, solicitar un mayor compromiso de la Administración y que los ciudadanos estén más concienciados”.

Por otra parte, el fiscal ha calificado de “díscola” a la Comunidad Valenciana por ser la autonomía con mayor porcentaje de ciudadanos que admite hacer fuego en zona prohibida, un 80%.

En este sentido, el fiscal de Medio Ambiente también ha señalado que frente a la Comunidad Valenciana hay otras como Galicia, Canarias o La Rioja en las que este comportamiento de riesgo es sólo del 20%, datos que se desprenden de un informe de la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes (FUCI) que publicó el diario El País en noviembre de 2005.

Según Antonio Vercher, a pesar de estas estadísticas no se ha “aprendido la lección y hay una falta de reacción e información de los ciudadanos que hace necesaria una cultura para saber qué pasa y para conocer las normas que existen sobre actuaciones con respecto al fuego”.

En cuanto a la protección del medio ambiente que hace el Código Penal de 1944, el magistrado ha afirmado que “parte del problema se debe a que jamás lo hemos concebido como medio ambiente. Lo protegemos desde una perspectiva economicista, valorando los daños materiales”. Sin embargo, el Código de 1995 “afronta la materia con una visión de conjunto del medio ambiente”.

Así, este Código Penal expande los delitos de medio ambiente, que “se protege con mayor lógica”, y se añaden los delitos de ordenación del territorio y urbanismo, de patrimonio histórico y de flora y fauna. El fiscal ha subrayado que “ahora hay una protección ‘strictu sensu’ y además tenemos los delitos contra la seguridad colectiva junto a los de medio ambiente, porque ambos comparten un denominador común que es proteger al colectivo”.

El magistrado ha denunciado que en los juicios por incendios el “problema de las pruebas” es un lastre al que se enfrentan los jueces, ya que “al no haber prueba directa, se utiliza la indiciaria, es decir, los indicios racionales, plurales y los interconectados, por lo que estas son las condenas más fácilmente impugnables en cualquier tipo de recurso”.